SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2166/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
El 25 de enero de 2002, Luciano Pana Centurión, Paulo Sergio Da Silva y Lucelia Pana Araúz, interpusieron demanda de pago de beneficios sociales, contra la empresa maderera “5 Hermanos”, proceso que concluyó con la emisión del Auto Supremo 1418 de 12 de diciembre de 2006, dictado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia.
Aduce que, en ejecución de dicha Sentencia, mediante memorial de 14 de agosto de 2007, a efectos de cumplir con las obligaciones sociales pendientes, propuso el embargo de un inmueble para su remate ante el Juzgado Tercero de Partido de Trabajo y Seguridad Social del Distrito Judicial de Santa Cruz, la que fue aceptada por la referida autoridad, mediante Auto de 14 de septiembre de ese año.
Asevera que, antes de ser notificada con dicha Resolución, el 15 de septiembre de 2007, presentó memorial citando jurisprudencia constitucional que respaldaba su proposición de remate del inmueble para el pago de beneficios sociales, mismo que mereció el pronunciamiento de la providencia de 17 del mismo mes y año que dispuso “estése a lo dispuesto en fecha 14 de septiembre de 2007” (sic).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- deniega
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- Fragmento 10
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR