Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2166/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
Ante la renuncia de todos los Magistrados del Tribunal Constitucional, éste quedó sin quorum para la resolución de causas; no obstante de ello, en el marco de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público, fueron designadas las nuevas autoridades, quienes por Acuerdo Jurisdiccional 001/2010 de 8 de marzo, convinieron proceder al sorteo de las causas pendientes. En el caso presente habiéndose efectuado tal actuado procesal, el 28 de septiembre del mismo año, por lo que la presente Resolución se pronuncia dentro de plazo.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- deniega
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- Fragmento 10
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR