Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2193/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.3.
II.3. Contra la determinación mencionada, según cargo de recepción Jia Xia Chen Lor presentó recurso de apelación el 24 de marzo de 2008, a horas 16:25 (fs. 23 y vta.). Corrido en traslado el recurrente hizo notar que no se interpuso la alzada dentro del término establecido en el art. 404 del CPP (fs. 26 y vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional,
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- Fragmento 15
- III.3.
- Fragmento 17
- III.4.
- APROBAR