SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2200/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2200/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

1)

Jaime Villarroel Montaño, Fiscal de Materia, mediante informe escrito cursante de fs. 43 a 44, señaló que: 1) Se imputo a José Pepe Moreira Olivera, el 3 de noviembre de 2006, por el delito de homicidio, disponiéndose su detención preventiva; 2) El 4 de septiembre de 2007, el imputado solicitó se aplique procedimiento abreviado por el delito de lesión seguida de muerte, que al no haberse efectivizado, presentó el pliego acusatorio al Tribunal de Sentencia de Quillacollo el 7 de noviembre del mismo año, informando de la actuación a la Jueza cautelar; 3) Es cierto que la Jueza recurrida dictó el Auto de 13 de junio del mencionado, conminando al Fiscal que conoce la causa para que arribe a uno de los presupuestos del art. 301 del CPP, pero en ningún momento se notificó a la autoridad jerárquica como es el Fiscal de Distrito de Cochabamba; y, 4) Si existió dilación en el requerimiento conclusivo, fue por causas atribuibles al propio imputado, quien lo único que pretendía era dilatar el proceso con salidas alternativas, impidiendo con ello la extinción de la acción de acuerdo a la SC 101/2004 de 14 de septiembre.