SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2200/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
III.4. Análisis del caso de autos
En el caso que motiva la presente acción de libertad, resulta evidente que el representado de la accionante, se encuentra con detención preventiva dispuesta por la Jueza cautelar, dentro del proceso penal instaurado contra el representado de la accionante por el delito de homicidio y contra la mencionada Resolución no se presento impugnación alguna, manteniéndose tal detención con todo el valor legal del caso, determinando la situación jurídica en la que se encuentra el imputado. Al respecto resulta pertinente aclarar que el representado de la accionante no se encuentra en estado de indefensión absoluta, pues conocía desde un principio la existencia del proceso en su contra, en el cual pudo ejercitar las diferentes acciones de defensa previstas en el ordenamiento jurídico.
- recurso de hábeas corpus,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- en el orden procesal en lo atinente a la terminología de esta acción tutelar
- III.2. Subsidiariedad excepcional en la acción de libertad, anteriormente recurso de hábeas corpus
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- la protección que brinda el recurso de hábeas corpus en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción
- Fragmento 15
- III.4. Análisis del caso de autos
- al tratarse de lesiones al debido proceso sin vinculación directa, por no ser la causa, ni existir indefensión absoluta, no corresponden ser analizados por la presente acción tutelar
- APROBAR