SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2268/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2268/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Cuando se encontraba en inmediaciones de la plaza Eguino de la ciudad de La Paz, fue increpado violentamente y acusado del robo de Bs120.- (ciento veinte bolivianos) y $us500.- (quinientos dólares estadounidenses), por Gustavo Condori Aruquipa, quien adujo le habría sustraído la billetera en la que portaba esa suma de dinero; este hecho, provocó la intervención de efectivos policiales que luego de esculcarle, lo trasladaron a las dependencias de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), institución en la que fue puesto a disposición de la Fiscal de Materia recurrida, "Frida Choque de Claros", quien formuló en su contra Resolución de imputación formal 10/08, atribuyéndole la comisión del delito de robo, sin que previamente, la supuesta víctima hubiera aportado prueba alguna que sustente dicha resolución, misma que tampoco consigna su nombre, sino el de "GUSTAVO ADOLFO ILLANES VIOREL" (sic), como imputado.

Conocido el caso por el Juez Tercero de Instrucción en lo Penal y cautelar recurrido, esta autoridad pronunció la Resolución 271/2008 de 11 de julio "AUTO MOTIVADO DE CONSIDERACIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES" (sic), considerando el argumento de la referida Fiscal, quien afirmó que Henry Oscar Sixto Saavedra no sería autor del delito "PERO AL AFIRMAR QUE EVIDENTEMENTE SE ENCONTRABA EN ESTE MISMO LUGAR" (sic); en consecuencia, el Juzgador dispuso sin fundamento lógico su detención preventiva, momento desde el cual su caso se encuentra sin movimiento y sin ninguna prueba.