SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2268/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2268/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

III.3.1.

III.3.1. Advertido que los actos calificados como lesivos por el accionante, hubieran sido cometidos por dos de las autoridades demandadas -Fiscal de Material y Juez Tercero de Instrucción en lo Penal y cautelar del Distrito Judicial de La Paz-, sobre los cuales recae la aplicación de la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad, que fue desarrollada y justificada en los párrafos que preceden, corresponde señalar que no se advierte en el presente caso ninguna actuación y menos aún conducta que pueda atribuirse al Fiscal de Distrito, infiriéndose que esta autoridad carece de legitimación pasiva para ser demandado a través de esta acción.