SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2286/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2286/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

III.5. Mecanismos intra-proceso respecto a las medidas cautelares

En el marco legal previsto por el Código de Procedimiento Penal (CPP) con la finalidad de evitar que la detención preventiva impuesta como medida cautelar de carácter personal se convierta en un injusto y anticipado cumplimiento de una pena para las personas a las que el Estado, por disposición constitucional, les reconoce su condición de inocencia en tanto no pese en su contra una sentencia condenatoria ejecutoriada, otorga a la persona detenida la facultad de solicitar la cesación de dicha medida, previo el cumplimiento de las exigencias establecidas por ley. Por su parte el art. 240 del CPP establece las medidas sustitutivas a la detención preventiva.