Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2317/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
La audiencia se llevó a efecto el 24 de octubre de 2008, conforme consta de fs. 279 a 286 vta., fungiendo como Tribunal de garantías, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, conformada por Edgar Terrazas Melgar, Osvaldo Céspedes Céspedes y Ramiro Claros Rojas, estando presentes el recurrente y los terceros interesados: Víctor Hugo Mayser Liaño y Pablo Macoño Flores; ausentes los recurridos quienes remitieron su informe, suscitándose los siguientes hechos:
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- Fragmento 5
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.10.
- Fragmento 12
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- “accionante”
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.5.
- REVOCAR