SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2350/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
denegando
Concluida la audiencia el Juez Mixto y de Sentencia de Villa Tunari, provincia Chapare del Distrito Judicial de Cochabamba, constituido en Juez de garantías pronunció la Resolución 004/2008 de 18 de junio, cursante de fs. 98 a 100, denegando el recurso, con los siguientes fundamentos: 1) El art. 134 del CPP, establece que la etapa preparatoria finaliza en el plazo de seis meses de iniciado el proceso penal, y conforme a la jurisprudencia constitucional éste se inicia con la notificación con la imputación formal. Ahora bien, fenecido ese plazo, puede ser ampliado ante la eventualidad de que durante la labor investigativa surjan suficientes indicios sobre la participación de otras personas, por lo que se puede ampliar la imputación contra una tercera persona, y por tanto, cuando existen varias imputaciones, debe computarse este plazo desde la fecha de la notificación con la última imputación; y, 2) El Juez recurrido, en aplicación de las normas legales vigentes, mediante auto de 21 de noviembre de 2007, amplió la imputación contra Teresa Galarza, posteriormente identificada como Teresa Huallpa, quien fue notificada mediante edictos el 12 y 18 de diciembre de 2007; lo que no significa que la autoridad jurisdiccional haya ampliado la etapa preparatoria, sino amplió la imputación.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de amparo constitucional”
- “accionante”
- III.3. Admisibilidad del recurso de apelación incidental contra resoluciones que resuelven incidentes
- Improcedencia del recurso de amparo constitucional frente a resoluciones que por cualquier otro recurso puedan ser modificadas o suprimidas
- Fragmento 17
- III.4. El caso en examen
- denegado
- APROBAR