Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2350/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
Efectuada la audiencia pública el 18 de junio de 2008, con la concurrencia de los recurrentes asistidos por su abogado y la tercera interesada, Fiscal de Materia de Sustancias Controladas de Chimoré, en ausencia del Juez recurrido quien remitió su informe de Ley, y del representante del Ministerio Público, según acta cursante, de fs. 96 a 97, se produjeron los siguientes actuados:
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de amparo constitucional”
- “accionante”
- III.3. Admisibilidad del recurso de apelación incidental contra resoluciones que resuelven incidentes
- Improcedencia del recurso de amparo constitucional frente a resoluciones que por cualquier otro recurso puedan ser modificadas o suprimidas
- Fragmento 17
- III.4. El caso en examen
- denegado
- APROBAR