Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2366/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
Efectuada la audiencia pública el 25 de septiembre de 2008, en presencia de la parte recurrente, asistido de su abogado, del tercero interesado asistida de su abogado, del representante del Ministerio Público, ausentes las autoridades recurridas y la otra tercera interesada; conforme consta en el acta cursante de fs. 222 a 229 vta., se produjeron los siguientes actuados:
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Gerardo Torrez Antezana, Presidente, Ángel Aruquipa Chui, Vocal, ambos de la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; y Rolando Sarmiento Cortez, Juez Noveno de Instrucción en lo Penal del mismo Distrito Judicial;
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- b)
- c)
- d)
- ii.
- 1)
- 3)
- 4)
- 5)
- 7)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- a)
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. De la obligación del juzgador a fundamentar y motivar las resoluciones
- III.4. El caso concreto analizado
- APROBAR