Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2371/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.2.
II.2. La recurrida Jueza del Tribunal de Sentencia de Montero, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Eduardo Nibuaki Yuhara contra Hernán Vilte Aucachi y otros, por la presunta comisión de los delitos de asociación delictuosa, robo agravado y complicidad del delito de asesinato, dictó la Sentencia 39/2008 de 28 de noviembre, declarando autor y culpable de estos dos últimos tipos penales al representado del recurrente, imponiéndole la pena de veinte años de presidio a cumplir en el Centro de Rehabilitación de Santa Cruz (Palmasola) y advirtiendo a las partes, la facultad de recurrir esta Resolución a través de la apelación restringida (fs. 17 a 21).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Actuación del Tribunal Constitucional en sujeción a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de libertad: Su triple carácter tutelar
- Fragmento 12
- III.2.1. Carácter subsidiario excepcional de la acción de libertad
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- "accionante"
- ordenar la tutela
- III.3. Viabilidad de la tutela constitucional de la acción de libertad sobre las circunstancias del caso concreto
- Con la finalidad de cumplir el principio de subsidiariedad excepcional de esta acción, se presenta también la obligatoriedad de apelar la resolución judicial de medida cautelar que afecte el derecho a la libertad del accionante, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada
- APROBAR