SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2386/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2386/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

1)

Los recurridos, Fiscales de Materia, Jorge Antonio Abella Banzer y José Alexander Osinaga Ribera, en su informe escrito que cursa a fs. 18 y vta., manifestaron: 1) Es evidente que dentro del caso conocido como las “Casas Demolidas”, en la que se encuentran involucrados Isabel Vera Cañellas, Alvaro Mier Barzón, Ernestina Costas Aguilera y Herman Camacho Cuellar, que el Ministerio Público representado por el Consejo de Fiscales, dispuso la aprehensión del último de los nombrados, ahora representado por el recurrente, de conformidad con el art. 226 del Código de Procedimiento Penal (CPP), sin que se cuestione en este recurso los fundamentos de la resolución. Es así, que el consejo de Fiscales lo imputó formalmente dentro de las veinticuatro horas de ley; 2) Si han transcurrido más de sesenta horas desde que se puso al imputado a disposición del Juez cautelar, no es atribuible al Ministerio Público, sino a las partes, que en uso de sus derechos procedimentales han utilizado el recurso de la recusación permitido por ley, y si quienes han usado de ese medio legal lo han hecho hipotéticamente en forma ilegal, será el Tribunal de revisión del mismo quien definirá ese aspecto; y, 3) Pretender que, por estos motivos de orden procedimental se deje en libertad al imputado no es coherente con la normativa legal, ya que continúa detenido en virtud a mecanismos y procedimientos legales otorgados a las partes y su igualdad procesal, solicitando por lo expuesto se deniegue el presente recurso.