SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2386/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2386/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

improcedente

Concluida la audiencia, el Tribunal de hábeas corpus, mediante Resolución 07 de 14 de noviembre de 2008, cursante de fs. 23 vta. a 25, declaró improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: i) Los Fiscales recurridos, imputaron formalmente al representado del recurrente, dentro del término establecido por el art. 226 del CPP, por lo que no existe detención indebida por parte de los representantes del Ministerio Público, careciendo de legitimación pasiva; ii) Con relación al correcurrido Alcalde del Gobierno Municipal de Santa Cruz de la Sierra, se establece que también en el presente caso está sometido a la investigación e imputación formal realizada por el Ministerio Público como denunciado, por lo cual carece de legitimación pasiva para ser demandado en este recurso; y, iii) De igual forma el recurrido Viceministro de Urbanismo y Vivienda, es el denunciante en este caso y no fue quien dispuso la detención preventiva del representado por el recurrente, careciendo también de legitimación pasiva para ser recurrido en esta acción tutelar, señalando jurisprudencia constitucional que así lo establece.