Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2388/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
2º
2º Por el tiempo transcurrido, y en mérito a la facultad conferida por el art. 48. 4) de la Ley del Tribunal Constitucional, dado el efecto inmediato de la resolución del Tribunal de garantías que concedió la tutela, se dimensiona el efecto de la presente Sentencia Constitucional en sentido de que se mantiene válido el cumplimiento de la resolución del tribunal de garantías.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Persona recurrida y petitorio
- a)
- concediendo
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- III.2.
- siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos
- o las que emerjan de un procedimiento administrativo,
- POR TANTO
- 1º
- 2º