Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2388/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.6.
II.6. Acta de audiencia realizada en la Dirección Regional de Cooperativas de Cochabamba el 19 de mayo de 2008, estando presente el recurrente y representantes de la Cooperativa, entre los que no figura el recurrido, quienes indicaron que darían cumplimiento a la RM 171/08 y que se le irían a restituir sus derechos como socio, pero que ya no se le podían dar más terrenos, porque desde que fue excluido, se le quitaron los dos terrenos que se le dieron en agradecimiento por el trabajo que desempeñó (fs. 20 y 21).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Persona recurrida y petitorio
- a)
- concediendo
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- III.2.
- siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos
- o las que emerjan de un procedimiento administrativo,
- POR TANTO
- 1º
- 2º