SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2413/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes manifiestan que la autoridad demandada vulneró sus derechos y los de sus representados invocados en el memorial de demanda, porque para el mes de agosto de 2008, sin que medie comunicación formal previa, se les suspendió sus rentas, sacándoles incluso del sistema bancario, por lo que, ante esa arbitrariedad y abuso de poder, efectuaron sus reclamos al SENASIR, pero como respuesta se les entregó a algunos de los afectados oficios por los cuales se les notificó con la suspensión temporal de renta, y de esa manera se tomó conocimiento que la causa de esa medida era por la aplicación del art. 4.III de la Ley Financial gestión 2008 que prohíbe la doble percepción de renta y sueldo de una misma fuente en entidades públicas. Empero, pese a haberse aclarado la situación por sendos memoriales, la medida de retención de boletas persistió, impidiéndoles hacer efectivo el cobro de sus rentas. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales extremos son evidentes, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2.
- legitimación pasiva
- la suspensión temporal del pago de las rentas no fue instruida por la autoridad hoy demandada, sino por el Director General Ejecutivo del SENASIR
- no se dirigió la demanda contra la autoridad que originó el problema denunciado
- APROBAR