Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2431/2010
Fecha: 19-Nov-2010
II.5.
II.5. El 11 de agosto de 2008, mediante nota GR.CBBA.161/08, el Gerente Regional de la AFP Futuro de Bolivia S.A., respondió a la recurrente, comunicándole que la Administradora de Fondo de Pensiones procedió a efectuar el cobro por la vía legal a la empresa NAHI SRL, a fin de efectuar el pago de pensión por muerte del Sr. Isidro Isnado Reynoso, asimismo da a conocer que la Sentencia de 20 de abril de 2006, declara probada la demanda ejecutiva social presentada en contra del empleador NAHI SRL, y que la misma resolución fue apelada por la parte ejecutada. (fs. 10).
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados.
- Fragmento 4
- a)
- CONCEDE
- I.2.4 Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “accionante”
- irreparable.
- III.3.2. El sistema de seguridad social a largo plazo y los requisitos para la prestación por muerte por riesgo común.
- Tendrán derecho a percibir la prestación por muerte los Derechohabientes de primer grado
- III.3.3. La problemática planteada
- APROBAR