SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2433/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.4.
II.4. Por memorial de 7 de marzo de 2008, Benedicta Abasto Ramos plantea recurso de casación en la forma y en el fondo, argumentando que mediante el Auto de Vista recurrido, los Vocales han incurrido en una total falta de interpretación de los arts. 254 inc. 4) y 253 incs. 1) y 3) del CPC, al pronunciar un Auto por demás contradictorio, ya que confirma en parte la sentencia y revoca en cuanto respecta a la asignación de los lotes “A” y “B” a las partes, disponiendo que debe procederse al sorteo respectivo en ejecución de sentencia, sin considerar que el informe pericial divide el lote en A, B y C, es decir, en tres partes iguales. En cuanto a la casación en el fondo señala que no se ha apreciado la prueba literal acompañada, no se ha realizado un estudio del informe pericial (fs. 14 y 15).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derecho, garantía y principio supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3. La interpretación de la legalidad ordinaria
- III.4. Sobre los requisitos para la interpretación de la legalidad ordinaria
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR