SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2437/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2437/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

1)

1)   En el primer considerando se realiza una relación fáctica del proceso iniciado ante el Juez Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial. En este punto, se precisan los aspectos denunciados por el Banco Central de Bolivia en su recurso de casación, resumiéndolos en los siguientes: a) La denuncia de violación del art. 128 de la Ley 1488 por haberse colocado al Banco Central de Bolivia en un lugar distinto al establecido por Ley; b) La denuncia de violación del art. 135 de la Ley 1488, por haberse establecido una calificación y gradación indebida de acreencias extra-concursales; c) La denuncia de infracción del art. 1353 del Código Civil (CC); d) La denuncia de vulneración de los arts. 1336, 1420 y 1611 del Código de Comercio (Cc) y 126 de la Ley 1488, que establece que las sentencias pasadas en autoridad de cosa juzgada, pronunciadas con anterioridad a la fecha de resolución de liquidación, ingresarán en la distribución de la masa liquidadora como acreencias concursales directamente aceptadas, y; e) La denuncia de violación del art. 125 de la Ley 1488, por haber señalado el auto de vista, que la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras limita su accionar en el proceso a una fiscalización sin constituirse en parte del proceso de liquidación.