SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2437/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2437/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

2) En cuanto a los actos denunciados como lesivos a los derechos del recurrente cometidos supuestamente por los Conjueces de la Corte Superior de Distrito de Santa Cruz

El representante del recurrente, alega que el Auto de Vista pronunciado por los Conjueces del Distrito Judicial de Santa Cruz, no se pronunció sobre los puntos apelados respecto a la calificación que hace el art. 126 de la LBEF; afirma también que estas autoridades, tampoco se pronuncian sobre la argumentación de la apelación referente a Petronilda Cabral Vda. de Terrazas.