SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2503/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2503/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

denegó

Concluida la audiencia, el Tribunal de garantías, pronunció la Resolución de 6 de octubre de 2008 cursante de fs. 60 a 62 vta., que denegó el recurso de amparo constitucional demandado y se dejó sin efecto la medida precautoria dispuesta por Auto de 29 de septiembre de 2008, con los siguientes fundamentos; Ha quedado comprobado que el juez recurrido al pronunciar el Auto de 24 de julio de 2008, que dispuso la entrega del inmueble y ordenó expedirse mandamiento de desapoderamiento, sólo respecto al inmueble adjudicado, respetando el excedente de 99.65m2 reclamado por lo recurrentes; así como el decreto de 5 de agosto de 2008, en el que declaró no ha lugar a la solicitud de los ejecutados de que con carácter previo a entregar el inmueble rematado, se les entregue por el tenedor la fracción excedente, ha obrado con sujeción a las normas contenidas en los arts. 514, 517 y 548 del Código de Procedimiento Civil (CPC). Consiguientemente los recurrentes no han demostrado por parte del Juez recurrido la conculcación a sus derechos constitucionales a la vivienda y a la propiedad, ni garantía del debido proceso, por lo que corresponde denegar la tutela solicitada.