Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2506/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
2)
2) Analizado el título ejecutivo se evidencia que: a) La recurrente actúa firmando como deudora en representación de la empresa Aqualand S.R.L.; y, b) En un costado de la letra de cambio, figura como garante solidaria e indivisible, teniéndosela como persona natural, ya que no se aclara que lo hace en representación de la empresa.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- 1)
- 2)
- a)
- b)
- c)
- denegar
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3. El recurso de amparo constitucional y su naturaleza subsidiaria
- a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación y b) cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico
- III.4. Análisis de la problemática jurídica
- APROBAR