Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2506/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
Los Vocales recurridos no se presentaron en audiencia, tal cual se establece de fs. 399 y tampoco presentaron informe escrito, pese a su legal citación (fs. 343 y vta.) Al contrario, por informe presentado el 29 de septiembre de 2008, cursante a fs. 378 y vta., el Juez recurrido sostuvo lo siguiente:
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- 1)
- 2)
- a)
- b)
- c)
- denegar
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3. El recurso de amparo constitucional y su naturaleza subsidiaria
- a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación y b) cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico
- III.4. Análisis de la problemática jurídica
- APROBAR