SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2526/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2526/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

II.8.

II.8. Por Auto de 22 de enero de 2009, pronunciado en audiencia pública de apelación incidental de la misma fecha, la Sala Penal Primera recurrida confirmó el Auto apelado, disponiendo que la detención prevenida continúe, con el fundamento de que con relación al riesgo de fuga la defensa no ha desvirtuado el num. 2 del art. 234 del CPP, respecto de la facilidad de abandonar el país o permanecer oculto; en cuanto se refiere al riesgo de obstaculización, tampoco ha desvirtuado el num. 2 del art. 235 del referido Código, por tratarse de delitos de lesa humanidad y transnacional y que, presumiblemente habrían participado en el hecho otras personas más, en razón de que el imputado en oportunidad de su aprehensión fue encontrado en posesión de pesos chilenos, pasajes de transporte de Uyuni hacia Arica y que tiene facilidad de abandonar el país. Por otra parte al estar en libertad puede influir negativamente sobre los partícipes o testigos del hecho delictivo para la averiguación de la verdad  y la prueba presentada en audiencia con carácter ad effectun vivendi, no puede ser revalorizada por ese Tribunal (fs. 59 a 62 vta.) .