SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2529/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2529/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

c)

c)   Afirma también que se vulneró el derecho al debido proceso, debido a que el Fiscal de Materia, ordena se presente acusación en su contra, sin considerar que el Fiscal de Materia, que todavía se encontraba en sus funciones, retiró la acusación en aplicación del art. 342 del Código de Procedimiento Penal (CPP), concluye señalando que al haberse retirado la acusación deducida en su contra, es aplicable el art. 363 inc. 1 del CPP, en tal sentido, afirma que el Fiscal de Distrito no podía ordenar que se presente acusación, porque ésta ya fue retirada por autoridad competente, acto que tiene los efectos de absolución y se estaría pretendiendo juzgarlo dos veces, lo que entraría en contradicción del derecho al non bis in idem.