Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2549/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
1.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
La recurrente, a través de su abogado, ratificó y reiteró el tenor íntegro de su demanda, añadiendo que las SSCC 0345/2006 y 0144/2006-R, ha establecido que no hay contravenciones de riñas en lugares públicos, sólo en locales, además que no hubo flagrancia. La SC “0001/2005”, ha establecido que el hábeas corpus es el recurso idóneo para reparar sus derechos lesionados.
- recurso de hábeas corpus,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Funcionario policial recurrido y petitorio
- 1.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Estado vigente
- III.2.Términos procesales en la acción de libertad
- acciones de defensa
- ordenar la tutela
- III.3. Consideraciones previas para ingresar al análisis de fondo de la causa
- III.4. El hábeas corpus y su configuración actual como acción de libertad.
- ámbito de protección de la acción de libertad
- resulta imprescindible que la restricción o amenaza de restricción a estos derechos se haya producido o exista la amenaza cierta e inminente de producirse,
- III.5. Análisis de la problemática planteada
- ama llula
- APROBAR