SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2549/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
III.5. Análisis de la problemática planteada
En el caso que motiva esta acción tutelar, consta que la accionante no fue arrestada ni privada de libertad por orden del funcionario policial demandado, resultando de ello que los hechos demandados nunca existieron, conforme a que la misma accionante confesó en la audiencia de hábeas corpus, y conforme demostró el demandado; razón por la cual corresponde denegar la tutela solicitada por inexistencia de los hechos denunciados. Asimismo, tampoco es evidente que el demandado hubiera exigido a la accionante la cancelación de Bs70.-, para obtener su libertad, puesto que consta que si bien canceló ese dinero, el mismo le fue entregado a Soledad Huasco Amaro, por concepto de las agresiones que sufrió por parte de la accionante, entrega que la efectuó en forma voluntaria.
- recurso de hábeas corpus,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Funcionario policial recurrido y petitorio
- 1.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Estado vigente
- III.2.Términos procesales en la acción de libertad
- acciones de defensa
- ordenar la tutela
- III.3. Consideraciones previas para ingresar al análisis de fondo de la causa
- III.4. El hábeas corpus y su configuración actual como acción de libertad.
- ámbito de protección de la acción de libertad
- resulta imprescindible que la restricción o amenaza de restricción a estos derechos se haya producido o exista la amenaza cierta e inminente de producirse,
- III.5. Análisis de la problemática planteada
- ama llula
- APROBAR