Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2563/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
Con esos antecedentes, el recurrente plantea recurso de amparo constitucional contra José Leytón Matos, Felipe Mendoza Benavides y Abigael Burgoa Ordóñez, Vocales de la Sala Civil, Comercial y Familiar de la Corte Superior; y Clovis Espinoza Peláez, Juez Tercero de Instrucción en lo Civil, todos del Distrito Judicial de Potosí; pidiendo se conceda el recurso, disponiendo la revocatoria del Auto de casación 010/2008 de 7 de mayo.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación del recurso
- a)
- Fragmento 6
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional,
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3. Respecto de la notificación al tercero interesado con la acción de amparo constitucional
- complementó y moduló
- estando elevado el expediente en grado de revisión ante este Tribunal, corresponde la declaratoria de improcedencia
- Cecilio Marcos, Candelaria, Fermina, Justina, Dionisia, Damiana Alejandra, Marina Victoria y Victor Hugo Vaquera Tacuri
- conceder
- POR TANTO
- REVOCAR