Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2563/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.3.
II.3. Conforme al memorial de 26 de marzo de 2008, dirigido al Juez Cuarto de Partido Cuarto en lo Civil del Distrito Judicial de Potosí, el apoderado de René Joaquino Cabrera, Alcalde Municipal de Potosí, interpuso recurso de casación en el fondo y en la forma contra el Auto de Vista de 12 del mismo mes y año (fs. 11 a 14 vta.).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación del recurso
- a)
- Fragmento 6
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional,
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3. Respecto de la notificación al tercero interesado con la acción de amparo constitucional
- complementó y moduló
- estando elevado el expediente en grado de revisión ante este Tribunal, corresponde la declaratoria de improcedencia
- Cecilio Marcos, Candelaria, Fermina, Justina, Dionisia, Damiana Alejandra, Marina Victoria y Victor Hugo Vaquera Tacuri
- conceder
- POR TANTO
- REVOCAR