SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2576/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2576/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

El abogado del recurrente ratificó los argumentos vertidos en su demanda, expresando que el punto principal del recurso de hábeas corpus, es que su defendido fue detenido indebidamente en un lugar distinto al que el Juez recurrido ordenó -en su oficina-, motivo suficiente para declarar su procedencia, habiéndose informado además a través de certificaciones médicas, que su cliente tiene una serie dificultad de salud y que el encierro al que fue sometido desde el 2 de octubre de 2008, le está provocando la dificultad de ser atendido por los médicos como necesita, siendo que debe recibir atención permanente, la que no puede obtener en el lugar de su detención. Agrega que el Juez recurrido libró un primer mandamiento de apremio sin señalar donde debía ser cumplido, por lo que se emitió uno nuevo, subsanando dicha omisión; indicando por otra parte que, los procedimientos de notificación no fueron observados, por cuanto se incumplió con lo dispuesto por el art. 121 del Código de Procedimiento Civil (CPC), aplicable a los procesos familiares.