SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2580/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2580/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

, los recurrentes solicitaron la “anulación” de la OM 607/2005, sin que hasta el momento de interposición de este recurso haya existido alguna respuesta del Concejo Municipal; sin embargo, desde entonces, los recurrentes no insistieron en su pedido, ni exigieron una respuesta del ente deliberante del Gobierno Municipal, de manera que no se ha cumplido la subregla establecida en la SC 0310/2004-R, en cuanto a la necesidad de reclamar la respuesta a la solicitud,

La SC 1120/2010-R de 27 de agosto, refiriéndose a la SC 0222/2007-R de 3 de abril de 2007 que expresa: “…En autos, es evidente que el 7 de marzo de 2006, los recurrentes solicitaron la “anulación” de la OM 607/2005, sin que hasta el momento de interposición de este recurso haya existido alguna respuesta del Concejo Municipal; sin embargo, desde entonces, los recurrentes no insistieron en su pedido, ni exigieron una respuesta del ente deliberante del Gobierno Municipal, de manera que no se ha cumplido la subregla establecida en la SC 0310/2004-R, en cuanto a la necesidad de reclamar la respuesta a la solicitud, razón por la que, conforme a la Sentencia aludida seguida por numerosos fallos de este Tribunal como las identificadas con los números 0944/2004-R, 0126/2006-R, entre otras, tampoco se puede conceder el amparo solicitado en relación a la supuesta vulneración del derecho de petición”. (las negrillas nos pertenecen)