SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2581/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
denegó
Mediante Resolución 10 de 13 de marzo de 2009, cursante de fs. 136 vta. a 138 vta., pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, denegó la tutela solicitada y declaró la improcedencia del presente recurso sin costas, multas ni responsabilidad civil ni penal, con el siguiente fundamento: a) Las Resoluciones de los Fiscales recurridos, se encuentran debidamente fundamentadas, cumpliendo con lo establecido en el art. 45 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP) y; b) Los recurrentes tienen aún una vía expedita para iniciar las acciones legales correspondientes solicitando la conversión de acción, de acuerdo al art. 26 del Código de Procedimiento Penal (CPP), que expresa que a pedido de la víctima, la acción penal pública podrá ser convertida en acción privada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- i)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- Fragmento 16
- SC 0160/2010-R
- III.3. De la fundamentación de las resoluciones
- III.4. Análisis del caso de autos
- 2º Se llama la atención al Tribunal de garantías por la demora en la tramitación de la presente acción tutelar