Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2581/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
II.2.
II.2. El Juez Octavo de Partido en lo Civil, mediante Auto de 8 de agosto de 2007, dentro del proceso ejecutivo anuló obrados dejándose sin efecto todas las resoluciones pronunciadas, la adjudicación efectuada el 15 de julio de 2002 y las minutas de adjudicación que se hubiesen otorgado sobre el inmueble adjudicado a favor de FINDESA y en apelación el referido Auto fue confirmado mediante Auto de Vista de 29 de enero de 2008 (fs. 18 a 19 vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- i)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- Fragmento 16
- SC 0160/2010-R
- III.3. De la fundamentación de las resoluciones
- III.4. Análisis del caso de autos
- 2º Se llama la atención al Tribunal de garantías por la demora en la tramitación de la presente acción tutelar