SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2585/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2585/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

II.4.

II.4. Por decreto de 13 de octubre de 2008, emitido por la Jueza de Instrucción Mixto de Viacha, se ordenó que el Presidente del Concejo Municipal y los miembros de la Comisión de Ética, respondan a las solicitudes del recurrente, señalando además que el solicitante es libre de utilizar la vía penal establecida en el art. 284 del Código de Procedimiento Penal CPP (fs. 11).