Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2588/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
recurso de amparo constitucional, ahora
En revisión la Resolución de 9 de diciembre de 2008, cursante de fs. 104 a 105 pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial del Beni, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional interpuesto por Mauro Hurtado Alcazar contra Jesús Alfredo Ibañez Vaca, alegando la vulneración de su derecho a la petición, citando al efecto el art. 7 inc. h) de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. Del derecho de petición cuando el peticionado es un funcionario público
- el derecho de petición genera una obligación para la autoridad o funcionario público ante quien se lo ejerce, cual es la de brindar una respuesta pronta y oportuna, la que según las circunstancias puede ser negativa o positiva”
- III.3.Análisis del caso