Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2590/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
I.1.3. Persona recurrida y petitorio
Con esos antecedentes, interpone recurso de amparo constitucional contra Wilmar Herrera Mercado, solicitando se conceda el recurso, ordenando la inmediata desocupación y entrega de su terreno, calificándose la responsabilidad civil en consideración al daño y perjuicio ocasionado y se le prevenga al recurrido sobre las consecuencias previstas en el art. 104 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Persona recurrida y petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- III.2. Sobre el derecho a la propiedad privada
- No obstante, existen situaciones excepcionales en las que el agotamiento de tales vías implicaría la consumación irreversible de la vulneración del derecho, con el consiguiente daño irremediable, en cuyo caso la tutela resultaría ineficaz,
- En
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR