SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2629/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
El 11 de noviembre de 2008, los Fiscales correcurridos presentaron imputación formal contra su cliente Herman Gabriel Camacho Cuéllar, en la que reconocieron que su persona actuaba como abogado defensor del imputado; sin embargo, las mismas autoridades al siguiente día emitieron una citación para que preste declaración informativa dentro del caso en el que se imputó a su cliente; incluso la orden de citación se dispuso bajo la amenaza de librarse mandamiento de aprehensión en su contra en caso de incomparecencia y lo peor es que los mismos Fiscales recurridos en forma paralela solicitaron a la Jueza Decimosegunda de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de Santa Cruz, que lo separe del patrocinio de la causa, petición denegada por la Jueza cautelar.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional y alcance de la tutela en relación a los derechos invocados como lesionados
- III.4. La interpretación de la legalidad ordinaria y el ámbito de competencia de la jurisdicción constitucional
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR