SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2635/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
III.3.Naturaleza jurídica del amparo constitucional: Improcedencia por identidad de sujeto, objeto y causa
El art. 128 de la CPE, instituye el amparo constitucional como acción tutelar de defensa contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir derechos reconocidos por ella y la ley, naturaleza que legitima el ejercicio de la tutela de derechos fundamentales y garantías jurisdiccionales, identificados con las libertades o garantías individuales, siendo el amparo constitucional el medio idóneo para su resguardo o salvaguarda, cuando los mismos sean restringidos, suprimidos o amenazados por actos ilegales u omisiones indebidas, tanto de autoridades y servidores públicos, como de personas individuales o colectivas.
En ese marco constitucional, existen determinadas causales de improcedencia de la presente acción tutelar, establecidas por el art. 96 de la LTC siendo una de ellas, la dispuesta por el art. 96.2, que señala que el amparo constitucional no procede cuando se hubiere interpuesto anteriormente un recurso constitucional con identidad de sujeto, objeto y causa, ello implica que la presentación de un segundo o posterior recurso con identidad de sujeto, objeto y causa, impide el ingreso al análisis de la problemática planteada, por cuanto supone que la misma ya fue analizada en una primera oportunidad habiendo sido resuelta mediante una resolución constitucional que tiene entre sus efectos la vinculatoriedad y por ende es irrevisable, adquiriendo la calidad de cosa juzgada constitucional.
Al respecto, la SC 0328/2010-R de 15 de junio, recogiendo la jurisprudencia constitucional existente sobre esta causal de improcedencia, precisa: “El art. 96.2 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), establece como una de las causales de improcedencia de la acción de amparo constitucional, en los casos que se advierta identidad de sujeto, objeto y causa.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- i)
- a)
- concediendo
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- II.
- II.3
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Términos en la presente acción tutelar
- “accionante”
- “conceder”
- III.3.Naturaleza jurídica del amparo constitucional: Improcedencia por identidad de sujeto, objeto y causa
- a) De sujetos:
- III.4.
- un primer amparo constitucional
- un segundo recurso de amparo constitucional,
- REVOCAR