Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2636/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
a)
Con esos antecedentes, interpone recurso de amparo constitucional contra Francisco Castro Bonilla, Manuel Arinori Yamba, Pedro Arinori Yamba, Armando Pérez, Víctor Arauz Barrios, Pastor Mejía y Luis Alberto Rosado Ayala, solicitando sea concedida la tutela y se disponga: a) La desocupación inmediata del terreno en cuestión, con el auxilio de la fuerza pública, encomendando su ejecución al Comando Departamental de la Policía; y, b) Condenación de costas procesales y la calificación de daños y perjuicios.
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza subsidiaria del amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, y de la excepción ante medidas de hecho
- III.3.1. Excepción de subsidiariedad ante medidas de hecho
- 1) El derecho a la propiedad debidamente demostrado y no cuestionado; y, 2) La evidencia, tampoco controvertida, de que los recurridos no estaban en posesión del bien inmueble sino que con acciones violentas (de hecho) ocuparon la propiedad privada de los recurrentes;
- III.3.3. Del presupuesto de la propiedad privada
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR