SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2644/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2644/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

II.6.

II.6.  Mediante Auto Supremo 272 de 4 de octubre de 2007, la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia declaró no haber lugar a la extinción de la acción penal con el fundamento de que la duración del proceso por más de cinco años es atribuible al declarado rebelde -ahora accionante- y al planteamiento de incidentes y apelaciones; asimismo, tomando en cuenta los períodos de vacación anual a que hace referencia el art. 260 de la LOJ, formulación de cuestiones prejudiciales y una previa que demuestran que el retardo no es atribuible al órgano jurisdiccional (fs. 129 a 130).