SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2661/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2661/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

1)

Hugo Via Escalante, abogado representante de los recurridos Julio Vargas León y Mercedes García Luzio, representantes legales de la AFP “Futuro de Bolivia” S.A. presentó informe cursante de fs. 176 a 179 vta., argumentando lo siguiente: 1) El recurso de amparo debió ser rechazado in límine, ya que existe omisión de un requisito de admisibilidad como es la observación del principio de subsidiariedad; 2) La empresa es una sociedad anónima y no una autoridad pública, por lo que sus actuaciones no pueden ser consideradas actos administrativos y mucho menos se puede interponer recursos de revocatoria y jerárquico contra ellos; 3)La empresa, al ser un operador en el mercado de pensiones, se encuentra regulada por la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, institución pública que sí emite actos administrativos, lo correcto sería que en primera instancia, el recurrente hubiera dirigido su solicitud ante ese órgano regulador; 4) El recurrente puede solicitar la devolución de sus aportes a través de retiros mínimos, no existiendo en la norma la posibilidad del pago global que solicita; 5) No es aplicable el art. 8 del Decreto Supremo (DS) 29423 de 16 de enero de 2008, siendo únicamente aplicable para trabajadores estacionales e independientes; y, 6) No existe vulneración de derechos constitucionales, pues cuenta con seguro de largo y corto plazo; respecto a la petición, sus comunicaciones siempre fueron respondidas.

En duplica el abogado apoderado de los recurridos, manifestó que respecto a la inmediatez mencionada, el recurrente ha rechazado los retiros mínimos en diciembre de 2007, y al haber pasado casi un año de ello, cómo puede alegar inmediatez, careciendo de sustento lo alegado, y con relación a los retiros mínimos no es un tema de la AFP “Futuro de Bolivia” S.A., es una decisión de la norma de la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros que estableció todo un marco normativo para ello.