Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2661/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
II.1.
II.1. El recurrente mediante carta notariada de 14 de diciembre de 2007, dirigida a Mercedes García Luzio, Gerente Regional La Paz de AFPs Futuro Bolivia, solicito la devolución de sus aportes propios en su totalidad y que fueron descontados por el Consejo de la Judicatura (fs. 10), dicho pedido fue reiterado mediante nota de 4 de marzo de 2008 (fs. 13)
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación del recurso
- 1)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- “denegó”
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.5.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- Fragmento 19
- Conocer y resolver de manera fundamentada, los recursos de revocatoria que le sean interpuestos de acuerdo con la presente ley
- III.5. Análisis del caso
- APROBAR