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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2661/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2661/2010-R

    Fecha: 06-Dic-2010

    II.9.

    II.9. El Superintendente de Pensiones, Valores y Seguros a.i., mediante carta dirigida al Gerente General de la AFP “Futuro de Bolivia” S.A., dio a conocer que la Intendencia de Pensiones, no cuenta con registro de la interposición del recurso de revocatoria o recurso Jerárquico, presentado por Gerardo Torrez Antezana (fs. 81 a 83).

    • recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • a)
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • I.2.1. Ratificación del recurso
    • 1)
    • I.2.3. Intervención del Ministerio Público
    • “denegó”
    • I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.5.
    • II.9.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
    • acción de amparo constitucional
    • concederá o denegará
    • accionante
    • denegar
    • Fragmento 19
    • Conocer y resolver de manera fundamentada, los recursos de revocatoria que le sean interpuestos de acuerdo con la presente ley
    • III.5. Análisis del caso
    • APROBAR

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