Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2674/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
En virtud de dicho nombramiento, por Acuerdo Jurisdiccional 001/2010 de 8 de marzo, se dispuso el reinicio de los cómputos. En consecuencia, se sorteó el expediente el 31 de mayo de 2010; posteriormente, al no haber obtenido el proyecto de resolución la mayoría de votos requeridos, se dispuso un nuevo sorteo, mediante Acuerdo Jurisdiccional 0157/2010 de 27 de julio; el mismo que fue realizado el 12 de octubre del referido año; por tanto, la Resolución es dictada dentro de plazo.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- II.13.
- II.15.
- II.17.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- III.3.
- la exigencia de la motivación de las resoluciones
- III.4. Análisis del caso concreto
- 2º