SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2690/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
a)
La abogada de los recurrentes, expreso que ratifica in extenso los términos del recurso planteado, ampliando los siguientes puntos: a) En las Resoluciones que han sido emitidas por la autoridad recurrida, se han vulnerado derechos fundamentales como el derecho a la propiedad privada, porque los recurrentes han demostrado su derecho propietario a momento de oponer una excepción al mandamiento de desapoderamiento de su inmueble, y pese haber cumplido con todas las legalidades que se exigen para su registro en DD.RR. de Sacaba, por lo que al producirse el desapoderamiento se ha ocasionado un daño irreparable a este derecho que esta salvaguardado por la Constitución Política del Estado; b) Independientemente de que exista una Sentencia dictada por la autoridad recurrida por la que ordena la cancelación de un registro de derecho propietario que cursa a fs. 1343 (del expediente original) y partida en DD.RR., se puede evidenciar que si bien a momento de oponer la excepción, fue corrida en traslado; sin embargo, ha sido rechazada independientemente de los títulos y de toda la prueba idónea presentada que no fue considerada; y, c) Se ha vulnerado la seguridad jurídica, pues se debió tener presente que terceras personas no pueden ser afectadas por una Sentencia de la cual no han formado parte, aspecto que va unido al derecho a la defensa y que les ocasionó queden en estado de indefensión al haberse expedido desapoderamiento de un inmueble, situación vinculada a la tutela judicial efectiva que fue solicitada a momento de oponerse al desapoderamiento ya que no se ha valorado la prueba presentada, siendo afectados de esta manera sus derechos y garantías, pese a existir un recurso de apelación, el cual al haber sido concedido en el efecto devolutivo, se seguirán ejecutando los mandamientos; circunstancia por la que acuden al presente recurso de amparo constitucional.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- i)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de amparo constitucional”
- “accionante”
- III.3. El principio de subsidiariedad y el recurso de amparo constitucional
- Fragmento 16
- III.4.
- b)”cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución…”,
- APROBAR