Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2702/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
recurso de
En revisión la Resolución 01/2008 de 24 de noviembre, cursante de fs. 78 vta. a 80 vta., pronunciada por el Juez de Partido y de Sentencia de San José de Chiquitos del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, presentado por Alfredo Condori Limachi, Vicepresidente del Concejo Municipal de Roboré contra Ausberto Aguilera Alvis, Margarita Vaca Diez, Sara Justiniano Montero y Adhemar Santibáñez Espinoza, Concejales Municipales de Roboré, alegando la vulneración de sus derechos a la “seguridad jurídica” y al trabajo, citando al efecto el art. 7 incs. a) y d) de la Constitución Política del Estado (CPEabrg).
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- concedió en parte
- I.3. Tramite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2.Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la validez de las sesiones y Resoluciones del Concejo Municipal
- Fragmento 12
- III.4. El caso de autos analizado
- Fragmento 14
- III.5.Modulación de los efectos de la presente Sentencia Constitucional con relación al caso analizado
- REVOCAR