Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2702/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
REVOCAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público, 7 inc. 8) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional, en revisión, resuelve REVOCAR la Resolución 01/2008 de 24 de noviembre, cursante de fs. 78 vta. 80 vta., pronunciada por el Juez de Partido y de Sentencia de San José de Chiquitos del Distrito Judicial de Santa Cruz; en consecuencia DENIEGA la tutela solicitada.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- concedió en parte
- I.3. Tramite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2.Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la validez de las sesiones y Resoluciones del Concejo Municipal
- Fragmento 12
- III.4. El caso de autos analizado
- Fragmento 14
- III.5.Modulación de los efectos de la presente Sentencia Constitucional con relación al caso analizado
- REVOCAR