Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2709/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
II.1.
II.1. Luego de un proceso de saneamiento, el 8 de noviembre de 2006, el Presidente de la República, Juan Evo Morales Ayma y el Ministro de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente, Hugo Salvatierra Gutiérrez, emitieron la RS 226772, por medio de la cual otorgan nuevo titulo ejecutorial individual a favor COFADENA, sobre el predio denominado “Campo 23 de marzo“, en una extensión de 42.655,5000 ha. Asimismo le adjudican a su favor la superficie excedente de 7.344,5000 ha. (fs. 1 a 5).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.1. Ratificación del recurso
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Aplicación de la Constitución Política del Estado vigente y armonización de términos procesales
- accionante'
- III.2. Sobre la valoración de la prueba.-
- III.3. Sobre la interpretación de la legalidad ordinaria
- SC 0083/2010-R
- tenía la obligación de señalar con precisión los valores supremos o principios fundamentales que en su criterio fueron desconocidos o vulnerados con dicha interpretación, indicando qué principios o criterios interpretativos no fueron empleados en esa labor, además de identificar qué derechos o garantías constitucionales fueron vulnerados y por qué motivos considera que fueron lesionados, explicando de qué manera se habría producido la lesión a sus derechos con la interpretación o aplicación equivocada de disposiciones legales, limitándose a efectuar una relación de los hechos
- III.4. Análisis del caso
- denegado
- APROBAR